Aporte realizado para mi curso Internacional de Dirección Media, contribución: GAVR.
Para analizar el Estado de Uruguay, necesariamente
tenemos que iniciar destacando que a diferencia de los sistemas políticos
federales donde existe un Gobierno Federal y sus Provincias o Estados se rigen por
un gobierno estatal que legisla sus propias leyes, en Uruguay, se da el caso de
un sistema político de tipo unitario y democrático, donde el poder se concentra
en un Gobierno Central que refleja una descentralización de servicios.
Es necesario indicar que, es un
sistema de corte presidencialista, manifestándose esto en el lugar que brinda
la Constitución a la figura del presidente, en virtud de que este es el
representante del Estado y al mismo tiempo de Gobierno, diferenciándose de esta
manera de los sistemas parlamentarios y monárquicos[1].
En ese sentido, la estructura
política de los poderes estatales está dividida por el sistema típico de
balance y contrapeso que Montesquie plantea en su teoría tripartita de los
Poderes del Estado, entiéndase, Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Sin embargo, en lo relacionado al Poder Legislativo vemos
un caso especial en Uruguay, puesto que este Poder en la mayoría de los países
se compone de dos cámaras legislativas, senadores y diputados. Mientras que
Uruguay cuenta con estas dos cámaras a
las cuales se suman dos órganos adicionales, conocidos estos como la Comisión
Administrativa del Poder Legislativo y la
Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo
(INDDHH).
Un dato interesante de su sistema electoral es que las
elecciones presidenciales son celebradas simultáneamente con las elecciones
parlamentarias lo que evita el problema de derroche económico proselitista que
viven las naciones que cada dos años tienen elecciones. Un aspecto que llama la
atención es que Uruguay cuenta con una democracia representativa fuerte que se
manifiesta en la escogencia de los miembros del Poder Judicial que son
seleccionados por la Asamblea General del Parlamento.
Podemos ver que las competencias y facultades están bien
delimitadas con un Gobierno Central que define las políticas públicas y con
Departamentos y servicios descentralizados que realizan labores
administrativas. En adición a esto, el
Poder Ejecutivo tan sólo cuenta con 13 Ministerios, lo que nos lleva a la conclusión de que en Uruguay las
competencias están bien distribuidas y
se evita la duplicidad de funciones con la creación de instituciones
innecesarias que sólo alimentan el clientelismo político.
Finalmente, es necesario señalar que el Gobierno Central
cuenta con Oficinas de la Presidencia, tales como la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil, entre otras.
[1] .- En la mayoría de los países con
sistemas monárquicos el Rey es jefe de Estado y el Presidente de Gobierno. Igualmente
sucede en los parlamentarios, donde el Presidente es Jefe de Estado y el Primer
Ministro de Gobierno, quedando el Parlamento como una figura de contrapeso.
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